La Retención de Impuestos para Agentes Inmobiliarios. ¿Vendes un Inmueble como Agente Inmobiliario? Esto es Clave en Quintana Roo. Descubre cómo el Artículo 24 del Decreto 125 en Quintana Roo afecta a los agentes inmobiliarios al vender inmuebles con actividad empresarial.
Si eres un agente inmobiliario o una persona física dedicada a actividades empresariales en Quintana Roo, entender el Artículo 24 del Decreto 125 de la Ley de Hacienda estatal es crucial al vender un inmueble. Esta norma establece que, en operaciones consignadas en escritura pública, los notarios públicos deben calcular, retener y enterar el impuesto cedular sobre la enajenación de inmuebles dentro de los 10 días posteriores a la firma.
Sin embargo, existe una excepción clave: si la enajenación la realiza una persona física con actividad empresarial, el notario no está obligado a realizar esta retención del impuesto. ¿Qué requisitos debes cumplir para aprovechar esta excepción? ¿Cómo evitar multas del SATQ? Aquí te lo explicamos.
1. ¿Qué Establece el Artículo 24 del Decreto 125 en Quintana Roo?
El Artículo 24 obliga a los notarios o fedatarios a retener y pagar el impuesto cedular al Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (SATQ) dentro de 10 días hábiles tras firmar la escritura. Este impuesto grava la ganancia obtenida en la venta del inmueble y suele ser del 2% al 5% del valor declarado.
Pero si eres una persona física con actividad empresarial (por ejemplo, un agente inmobiliario registrado), la retención no aplica. Esto significa que tú, como vendedor, deberás declarar y pagar directamente el impuesto en tu declaración anual.
Ejemplo práctico:
- Si vendes una propiedad por $3,000,000 MXN como persona física sin actividad empresarial, el notario retendría entre $60,000 y $150,000 MXN.
- Si la vendes con actividad empresarial, el notario no retiene nada, pero debes incluir esa ganancia en tu declaración anual ante el SAT.
2. ¿Cuándo No Aplica la Retención del Impuesto Cedular?
Para que el notario no realice la retención, debes acreditar que eres una persona física con actividad empresarial reconocida. Estos son los requisitos:
- Tener una licencia de funcionamiento vigente emitida por el municipio correspondiente en Quintana Roo.
- Estar registrado ante el SATQ y contar con un RFC asociado a actividades empresariales.
- Presentar comprobantes fiscales que demuestren que el inmueble estaba vinculado a tu giro comercial (ejemplo: si eres agente inmobiliario, facturas de ventas anteriores).
Si no cumples estos puntos, el notario aplicará la retención automáticamente, incluso si tienes un negocio registrado.
3. Pasos a Seguir si Vendes como Persona Física con Actividad Empresarial
Para evitar errores y garantizar el cumplimiento fiscal, sigue esta guía:
- Verifica tu situación fiscal: Asegúrate de que tu RFC esté dado de alta ante el SATQ como actividad empresarial.
- Renueva tu licencia de funcionamiento: Debe estar vigente al momento de la venta.
- Declara tus ingresos: Incluye la ganancia de la enajenación en tu declaración anual ante el SAT (consulta aquí el portal oficial).
- Notifica al notario: Proporciónale tu RFC y documentos que acrediten tu actividad empresarial.
¿Sabías que?
Si el notario no retiene el impuesto pero tú no cumples los requisitos, el SATQ podría imponer multas de hasta el 70% del impuesto omitido.
4. Errores Comunes al Vender un Inmueble con Actividad Empresarial
- No actualizar tu régimen fiscal: Si tu RFC no refleja actividad empresarial, el notario retendrá el impuesto.
- Olvidar la licencia de funcionamiento: Sin ella, no podrás acreditar tu giro comercial ante el fedatario.
- No declarar la ganancia: Aunque el notario no retenga, debes reportar la venta en tu declaración anual.
Para evitar estos problemas, te recomendamos asesorarte con expertos en derecho fiscal. En Legal México, ofrecemos consultoría especializada en enajenación inmobiliaria.
Agente Inmobiliario en Quintana Roo
Vender un inmueble como agente inmobiliario o persona física con actividad empresarial en Quintana Roo implica responsabilidades fiscales específicas. Conocer el Artículo 24 del Decreto 125 te ayudará a optimizar tus operaciones y evitar sanciones.
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Si necesitas ayuda con la licencia de funcionamiento, contáctanos por WhatsApp o por teléfono, un experto de Legal-Mexico.com te ayudará.